Micelio
Auto3 de julio de 2002

A- de 2002

Ponente Manuel José Cepeda Espinosa

Demandante Jesus Omar Sanchez

Tema · dato duro
Conflicto De Competencia
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia
  • Nulidad del auto mediante el cual el juez se declaró incompetente
  • Validez del auto mediante el cual el juez se declaró incompetente
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se anuló el auto mediante el cual el Juez 40 Civil del Circuito de Bogotá se declaró incompetente para conocer de la tutela presentada por el ciudadano de la referencia contra Computec S.A., lo anterior porque el citado juzgado aplicó el Art. 1° del Decreto 1382 de 2000 desconociendo la Constitución.

En consecuencia, se envió el expediente para que realice el trámite que corresponda.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Anular el auto de abril 23 de 2002, mediante el cual el Juez Cuarenta Civil del Circuito de Bogota, al aplicar el articulo 1deg del Decreto 1382 de 2000 desconociendo la Constitucion, se declaro incompetente para conocer de la accion de tutela presentada por Jesus Omar Sanchez contra Computec S.A., asi como todas las actuaciones posteriores a dicho auto.
  2. Segundo. Ordenar que por Secretaria General, se envie el expediente al Juzgado Cuarenta Civil del Circuito de Bogota, para que, ejerciendo sus competencias constitucionales y legales, decida sobre la accion de tutela presentada.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Citada por13
A. 138/07Conflicto De Competencia Entre El Juzgado Quinto Penal Del Circuito De Cartagena Y La Sala De Decision Penal Del Tribunal Superior De Cartagena. Ordena Remitir El Expediente A La Sala De Decision Penal Del Tribunal Superior De CartagenaA. 134/07Conflicto De Competencia Entre El Juzgado Segundo Laboral Del Circuito De Armenia Y El Juzgado Diecinueve De Familia De Bogota. Ordena Remitir El Expediente Al Juzgado Segundo Laboral Del Circuito De ArmeniaA. 096/07Conflicto De Competencia Entre El Tribunal Superior De Barranquilla Sala Segunda De Decision Civil-Familia Y El Consejo De Estado Seccion Cuarta. Ordena Remitir El Expediente Al Tribunal Superior De Barranquilla Sala Segunda De Decision Civil-FamiliaA. 087/07Conflicto De Competencia Entre El Juzgado Unico Administrativo Del Circuito De Barrancabermeja Y El Juzgado Tercero Penal Del Circuito De Barrancabermeja. Ordena Remitir El Expediente Al Juzgado Segundo Penal Municipal De BarrancabermejaA. 055/07Conflicto De Competencia Entre El Juzgado Tercero Penal Municipal De Cartagena De Indias Y Tribunal Administrativo De Bolivar, Sala De Decision. Ordena Remitir El Expediente Al Juzgado Tercero Penal Municipal De Cartagena De IndiasA. 037/07Conflicto De Competencia Entre El Juzgado Primero Civil Del Circuito De Cartagena De Indias Y El Tribunal Superior Del Distrito Judicial De Cartagena Sala Civil Familia. Ordena Remitir El Expediente Al Tribunal Superior Del Distrito Judicial De Cartagena Sala Civil Familia
Ver las 13

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.